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Como ya afirmamos en el artículo anterior, la tortura fue un método utilizado para lograr una confesión por todos los tribunales civiles y religiosos en toda Europa. Por extraño que parezca a las personas que viven en el siglo XXI, nuestros antepasados entendían que la tortura era una práctica perfectamente válida para establecer la culpabilidad de un sospechoso.

Del mismo modo que la Inquisición española no inventó la pena de muerte en la hoguera para los herejes, tampoco inventó la tortura. Lo único que hacía la Inquisición al aplicar la tortura en sus procedimientos fue utilizar un método para “lograr la verdad” que era universalmente admitido. De hecho, la tortura no se prohibió en la mayoría de los códigos penales europeos hasta bien entrado el siglo XVIII.

Por otra parte, la tortura en el procedimiento inquisitorial no era un método de castigo como si podía ser la cárcel perpetua, la extradición o la pena de muerte. Era un procedimiento para lograr que el sospechoso confesara.

Ahora bien, si se examinan los expedientes de los procedimientos judiciales que han llegado a nuestros días se podrá comprobar que la Inquisición española aplicaba la tortura en muy raras ocasiones. En la mayoría de los procedimientos no se empleaba y en aquellos en que los inquisidores consideraban que era necesario, la simple amenaza de llevarla a cabo hacía que el procesado confesara.

Además, la tortura que practicaba la Inquisición no podía causar la muerte del procesado, la amputación de uno de sus miembros, poner en riesgo su vida o simplemente “hacer sangre”. Lo que si buscaba era producir un dolor muy agudo o una sensación de ahogamiento que llevara a confesar al procesado. Efectivamente, a pesar de los límites no era una práctica agradable para el acusado.

Para que los inquisidores pudieran ordenar la tortura del acusado tenían que haber agotado todos los métodos posibles para lograr que confesara fuera utilizando promesas, amenazas o vayan a saber ustedes que ardid. Una vez comunicada la sentencia de tortura al acusado este tenía derecho a poder apelar ante el Consejo Supremo de la Inquisición que podía revocarla aunque también es cierto que en rara ocasión lo hacía.

La inquisición utilizaba sólo tres métodos para aplicar la tortura: la garrucha, el agua o toca y los cordeles. Si visitan uno de los falsos “museos de la Inquisición” verán multitud de instrumentos que habrían servido para aplicar la tortura inquisitorial. La gran mayoría son falsos y los que no lo son, nunca fueron utilizados por la Inquisición española.

La garrucha consistía en atar al acusado las muñecas a una cuerda que estaba sujeta en un techo y suspenderlo en el aire con unos pesos colgados en los pies. De vez en cuando se elevaba al acusado y se soltaba de golpe produciendo un dolor muy agudo.

El potro o cordeles no tiene nada que ver con los potros que vemos en los “Museos de la Inquisición”. No se trataba de un instrumento mediante el cual se estiraban los miembros al acusado. Esta tortura consistía en poner al acusado encima de una mesa, enrollar sus brazos o piernas con unas cuerdas. El verdugo apretaba las cuerdas para provocar un dolor intenso.

La toca o tortura del agua consistía en verter agua lentamente sobre la boca del acusado tapada con un paño para conseguir que tuviera la sensación de ahogarse. Previamente al acusado se le ataba a un bastidor. Se podía utilizar una jarra o varias dependiendo de la credibilidad que el acusado ofreciera a los inquisidores.

La imaginación calenturienta de algunos ha hecho creer que en las cárceles de la Inquisición existía un cámara de tormento repleta de cachivaches utilizados para torturar al pobre acusado, que se le aplicaba fuego en las extremidades, que se le ataba a una rueda, … Nada de eso es cierto.

La aplicación de la tortura no solía sobrepasar la hora y se suspendía tan pronto como el médico que tenía que estar presente, informara que la salud del acusado podía correr peligro o tan pronto como este asegurase que estaba dispuesto a confesar. En este caso, el acusado tenía que ratificar su confesión a partir de las veinticuatro horas después de haber sufrido tormento sin que pudieran pasar tres días.

En el caso de que el acusado no confesara durante el tormento se entendía que “había vencido” y no se podían emplear los indicios que existieran contra él para condenarlo.

De la lectura de este artículo espero que no infieran ustedes que la tortura que aplicaba la Inquisición española fuera un plato de buen gusto. Pobre de aquel que se la aplicaran. Lo único que he querido hacerles ver es que la Inquisición no era la única institución que la utilizaba y que otros tribunales u organismos la aplicaban de un forma mucho más cruel.

La Inquisición y la Historia de España

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